Las leyes de divorcio en Massachusetts para el Seguro de Salud

Las leyes de divorcio en Massachusetts abordan la obligación de un cónyuge para proporcionar opciones de cobertura de seguro de salud para el otro cónyuge o de los hijos que participan en los procesos judiciales . Las leyes específicas sobre el seguro de salud y el divorcio se encuentran en todo el Capítulo 208 de las Leyes Generales de Massachusetts , o MGL . Separación legal

El tribunal puede ordenar a un cónyuge para obtener o mantener la cobertura de seguro de salud de forma temporal para un hijo o cónyuge en el inicio de los procedimientos de divorcio , separación legal. El orden puede ser revocada o modificada en cualquier momento durante el proceso de divorcio , a discreción del juez en virtud del Capítulo 208-20 del MGL . La situación financiera de ambos cónyuges se considera en la determinación de si o no la cobertura de seguro de salud debe ser ordenado .
Pensión alimenticia

Un cónyuge que recibe una orden de pensión alimenticia, o de la corte - apoyo financiero ordenado del otro cónyuge por un período de tiempo, tiene derecho a la cobertura de seguro de salud , si no en su propio plan. La obligación de seguro de salud del cónyuge que paga debe ser incluido en el orden de pensión alimenticia, por el Capítulo 208.17 del MGL . El cónyuge obligado debe tener un seguro a su disposición a un costo razonable , pero se le permite elegir una opción para la cobertura del cónyuge beneficiario . Se le permite cubrir o mantener el cónyuge receptor en su plan actual, conseguir un nuevo plan para el cónyuge o pagar las primas del cónyuge si se selecciona su propio plan en virtud del Capítulo 208.34 del MGL . El premio no se reduce la pensión alimenticia para la cobertura de seguro de salud no importa qué opción elige el cónyuge obligado .
Seguro de Salud para Niños

El juicio de divorcio incluye disposiciones para las necesidades de seguro de salud de los hijos menores del matrimonio. Una orden de manutención del niño temporal existente puede ser modificado para incluir un requisito de cobertura de atención médica para el padre obligado incluso si no se está cambiando la cantidad de apoyo, según el Capítulo 208.28 del MGL . Un padre obligado que tiene seguro de salud que no tiene un precio desorbitado puede ser necesario añadir o mantener al niño en un plan existente u obtener un plan único para el niño.