California Health & Código de Seguridad para el Cuidado Personal Agudo

En 1999, la Legislatura de California requiere que los niveles mínimos de dotación de personal para las enfermeras pueden establecer para los hospitales. Según la sección 1276.4 ( a) de la Salud y Seguridad de California , por el 01 de enero 2002 , el Departamento de Servicios de Salud del Estado establecería raciones mínimas enfermera- paciente para todos los centros de cuidados agudos . De acuerdo con el apartado ( b ) , esto se aplica a las enfermeras registradas y con licencia (RN y LVN ) . Otros miembros del personal será asignado de acuerdo a la clasificación de pacientes , incluyendo la gravedad de la enfermedad y otros factores. Preparación

Según gateway.nlm.nih.gov , por el Departamento de Servicios de Salud de California ( CDHS ) para desarrollar las mejores raciones de personal , es necesario tener en cuenta la literatura sobre el tema y los datos relacionados a continuación, - actual dotación de personal en California. Esto debe compararse a lo que otros hospitales estaban haciendo, incluyendo las "mejores prácticas " de los hospitales . No está del todo claro que el simple aumento de horas de RN resultados en mejores resultados para los pacientes .
Implementación

proporciones de prueba fueron anunciados en enero de 2002 . Cocientes Propuestos variaban de una enfermera por cada paciente en cirugía para una enfermera por cada ocho recién nacidos . Centros de cuidados agudos incluyen la mayoría de los hospitales y centros de enfermería especializada , conocidos como hogares de ancianos o centros de rehabilitación , que son capaces de proporcionar la atención post- quirúrgica. Para estas instalaciones , las proporciones se fijaron en un RN o LVN por cada seis pacientes , más tarde cambiado a uno por cada cinco.

Stakeholders

Según un artículo publicado en Asuntos de la Salud , " las razones conocidas para el menor número de pacientes por enfermera Propuesto que los hospitales recomiendan y más pacientes por enfermera de sindicatos recomiendan. " La Asociación de Salud de California ( filial de la Asociación Americana de Hospitales ) prefiere una proporción de una enfermera por cada 10 pacientes. Mayor sindicato de enfermeras de California, la Asociación de Enfermeras de California ( CAN) , recomienda un RN por tres pacientes. Otro sindicato recomienda una enfermera por cada cuatro. El Estado no distingue entre RN y LVN , mientras que la CAN propuso sólo ratios de enfermeras registradas.

Resultados

Para 2004, los coeficientes mínimos establecidos comenzaron a ser aplicadas. Pero a partir de 2009 , de acuerdo con la California HealthCare Foundation , hay pocos indicios de resultados positivos. Ha sido difícil para aclarar el papel de las enfermeras y para cumplir con los requisitos de descanso para comer . Los costos se incrementaron . Los departamentos de emergencia se convirtieron en un cuello de botella . Nadie se ha dado cuenta , y mucho menos documentada, un aumento en la calidad de atención de los pacientes o de los resultados de la atención de la salud, según la fundación .
Impacto Nacional

de 2009 , de acuerdo con la Universidad de Pennsylvania , California sigue siendo el único estado que ha adoptado requisitos mínimos de dotación de personal para las enfermeras . Cuando se cumplen los puntos de referencia de California , ya sea en California o en otros estados , hay una mejor retención de la enfermera y menos desgaste. Hay menos quejas de las familias y los pacientes. Mejora de la dotación de personal de enfermería se asocia con mejores resultados en los pacientes , pero las proporciones de personal puede no ser la mejor manera de lograr eso. La notificación obligatoria y que ordena el proceso por el cual se determina la dotación de personal también han dado buenos resultados .
Otros Requerimientos de Personal

Otras secciones de la Salud de California y el Código de Seguridad requieren que cada hospital tener un solo personal médico, que los médicos que tratan sean miembros de ese personal y que todo el personal tenga un seguro de responsabilidad civil. El código establece que hay una necesidad de intérpretes para la población multicultural de California y que la flexibilidad en la dotación de personal ha de ser permitido en los hospitales rurales. También se requiere que cada institución designará un médico para servir como epidemiólogo cabeza y coordinar la formación de mejores enfermedades infecciosas de control.
Excepción para los Hospitales Universitarios

Sección 1276.4 (L ) del Código de California afirma que el CDHS puede considerar la naturaleza única de la Universidad de California ( UC) hospitales docentes al establecer con licencia - enfermera -paciente ratios de personal a causa de aprendiz . Esta disposición sigue siendo disputada en junio de 2010 cuando las enfermeras tenían que conformarse con mítines en lugar de una huelga para protestar por la falta de personal en los hospitales de la UC . UC respondió que los cinco centros médicos se encuentran y exceden a menudo proporciones requeridas y se citan con frecuencia para la excelencia.