¿Puedo reclamar mi nieta en mis impuestos si soy un padre de crianza?
cinco pruebas se deben cumplir para que un niño ser su hijo calificado, de acuerdo con el IRS. Estas pruebas son: parentesco, edad, residencia y declaración conjunta de apoyo. Si su nieto o hijo de crianza cumple con todas estas pruebas, usted puede reclamar como dependiente en su declaración de impuestos.
Relación
Para pasar esta prueba, el niño debe ser su propio hijo de sangre, un hijastro, hijo de crianza o descendiente de cualquiera de ellos. Un nieto, por ejemplo, se aplicaría. El niño también podría ser un hermano, medio hermano, hermanastra o un descendiente de cualquiera de ellos. Por ejemplo, también se aplican a su sobrina o sobrino.
Edad
El niño debe ser menor de 19 años o menos que tú, un estudiante a tiempo completo bajo 24 y más joven que usted, o con discapacidad total permanente a cualquier edad. Si un adolescente que no era un estudiante alcanza 20 antes del final del año fiscal, que no pasaría la prueba de edad. El niño debe seguir siendo la edad de ensayo para todo el año fiscal.
Residency
Para pasar la prueba de residencia, el niño debe haber vivido con usted por más de la mitad de el año fiscal. Un niño que estaba ausente temporalmente debido a una enfermedad, educación, servicio militar, de negocios o vacaciones todavía se considera que viven con usted.
Soporte
Para pasar esta prueba, el niño no debe haber proporcionado más de la mitad de su propia manutención durante el año fiscal. El IRS ofrece el siguiente ejemplo: "Usted ya ha proporcionado $ 3,000 hacia el apoyo su hijo de 10 años de edad, hijo de crianza para el año, el gobierno estatal aportó $ 4.000, que se considera el apoyo proporcionado por el Estado, no por el niño su hijo adoptivo no.. proporciona más de la mitad de su propia manutención durante el año. "
Declaración Conjunta
Para cumplir con esta prueba, su niño generalmente no puede presentar una declaración de impuestos conjunta. En la mayoría de los casos, usted no puede reclamar a su hijo si presenta una declaración conjunta con su cónyuge.