Fuente de agua ADA Requisitos
independiente o montado fuentes de agua deben ser accesibles.
Con el fin de acomodar a los discapacitados inmóviles, así como el móvil, la ADA requiere fuentes de agua potable para medir 36 pulgadas desde el suelo o superficie de la tierra a la boquilla de la fuente. Una medición de 36 pulgadas cumple con las pautas de la ADA en silla de ruedas para una silla de ruedas para adultos,. Una altura de la vuelta 27 pulgadas y un subsidio de 30 pulgadas para las sillas de ruedas con brazos
Liquidación
La ADA requiere alojamiento para asegurar espacio para la silla de ruedas. Incluso si la altura es correcta, las personas en sillas de ruedas deben ser capaces de empezar de pared fuentes de agua potable. La instalación de la fuente debe tomar en consideración el reposapiés en ángulo y la longitud de la silla de ruedas. Los requisitos de fuente de ADA incluyen la medición de vueltas, la rodilla y el dedo de liquidación. Fuentes que no tienen espacio libre debajo de ellos deben tener espacio para la silla de ruedas para hacer un giro de 180 grados. En las instalaciones utilizadas principalmente para niños menores de 12 años, hay excepciones a los requisitos de la ADA relacionadas con fuentes de agua.
Boquilla
El surtidor debe permitir una flujo de agua por lo menos 4 pulgadas de alto para dar cabida a una taza para beber. Debe ser paralelo a la parte delantera de la unidad fuente, no más de 3 centímetros del borde.
Controla
Según la ADA, los controles utilizados para operar las fuentes de agua potable pueden ser de primera o de montaje lateral, siempre y cuando los controles están cerca del borde. La persona que utiliza la fuente debe ser capaz de operar el mecanismo de control con una sola mano. La fuerza de accionamiento de acuerdo con la ADA debe "ser mayor de 5 libras." y "no podrá exigir firmemente agarrar, pellizcar o torsión de la muñeca."
Información adicional
instalaciones que deben cumplir con el requisito de fuente de agua potable de la ADA incluyen pública y entidades privadas, tales como, hoteles, escuelas, bibliotecas, parques, zoológicos, centros comerciales, tiendas, consultorios médicos y centros médicos, centros de convenciones, restaurantes, guarderías, balnearios, farmacias locales, tintorerías, almacenes y fábricas. Esta sección de la ADA no cubre las instituciones religiosas.