California Código de Salud y Seguridad para la dotación de personal de atención aguda

En 1999, la Legislatura de California requiere que los niveles mínimos de dotación de personal para las enfermeras pueden establecer para los hospitales. Según la sección 1276.4 (a) del Código de Salud y Seguridad de California, el 1 de enero de 2002, el Departamento Estatal de Servicios de Salud establecerá mínimas raciones de enfermería a los pacientes de todos los centros de cuidados agudos. De acuerdo a la sección (b), esto se aplica a las enfermeras registradas y con licencia (RN y LVN). Otros miembros del personal se asigna de acuerdo a la clasificación de los pacientes, incluyendo la severidad de la enfermedad y otros factores. Preparación

Según gateway.nlm.nih.gov, para el Departamento de Servicios de Salud de California (CDHS) para desarrollar las mejores raciones de personal, es necesario tener en cuenta la literatura sobre el tema y los datos relacionados con la continuación dotación de personal actual en California. Esto debe compararse con lo que estaban haciendo otros hospitales, incluyendo hospitales "mejores prácticas". No es del todo claro que el simple aumento de horas se traduce en mejores resultados para los pacientes.
Implementación
relaciones Trial

RN fueron anunciados en enero de 2002. Coeficientes propuestos varían de una enfermera por paciente en la cirugía para una enfermera por cada ocho recién nacidos. Centros de atención aguda incluyen la mayoría de los hospitales y centros de enfermería especializada, conocidos como hogares de ancianos o centros de rehabilitación, que son capaces de brindar atención post-quirúrgica. Para estas instalaciones, las relaciones se establecen en un RN o LVN por cada seis pacientes, más tarde cambiado a uno por cada cinco.

Interesados ​​

Según un artículo publicado en Asuntos de la Salud, "Propuesta de las razones conocidas para menos pacientes por enfermera de los hospitales recomiendan y más pacientes por enfermera que los sindicatos recomiendan." La Asociación Médica de California (filial de la Asociación Americana de Hospitales) prefiere una proporción de una enfermera por cada 10 pacientes. El sindicato más grande de California de las enfermeras, la Asociación de Enfermeras de California (CAN), recomienda un RN por cada tres pacientes. Otro sindicato recomienda una enfermera por cada cuatro. El Estado no distingue entre RN y LVN, mientras que la CAN propuso sólo razones de enfermeras registradas.
Resultados

el año 2004, los coeficientes mínimos establecidos comenzaron a ser aplicadas. Pero a partir de 2009, de acuerdo con la California HealthCare Foundation, hay pocos indicios de resultados positivos. Ha sido difícil para aclarar el papel de las enfermeras y para cumplir con los requisitos de descanso para comer. Los costos se incrementaron. Los departamentos de emergencia se convirtieron en un cuello de botella. Nadie se ha dado cuenta, y mucho menos documentado, un aumento en la calidad del cuidado del paciente o de los resultados de salud, según la fundación.
Nacional Impacto

de 2009, de acuerdo con la Universidad de Pennsylvania, California sigue siendo el único estado que ha adoptado requisitos mínimos de dotación de personal de enfermería. Cuando se cumplen los puntos de referencia de California, ya sea en California o en otros estados, hay una mejor retención de la enfermera y menos desgaste. Hay un menor número de quejas de las familias y los pacientes. Mejora el personal de enfermería se asocia con mejores resultados en los pacientes, pero las proporciones de personal puede no ser la mejor manera de lograrlo. Obligatoria de informes y ordenando el proceso por el cual se determina la dotación de personal también han tenido éxito.
Otras necesidades de personal

Otras secciones de la Salud y Seguridad de California requiere que cada hospital tienen un solo cuerpo médico, que los médicos tratan a ser miembros de ese personal y que todo el personal tenga un seguro de responsabilidad. El Código establece que existe una necesidad de intérpretes para la población multicultural de California y que la flexibilidad en la dotación de personal ha de ser permitido en los hospitales rurales. También se requiere que cada institución designará un médico para servir como epidemiólogo cabeza y coordinar la capacitación para controlar mejor las enfermedades infecciosas.
Excepción para los Hospitales Universitarios

Sección 1276.4 (L ) del Código de los Estados de California que los CDHS pueden considerar la naturaleza única de los hospitales universitarios de la Universidad de California (UC) al establecer relaciones enfermera-paciente licencia por el personal en prácticas. Esta disposición sigue siendo disputada en junio de 2010 cuando las enfermeras tenían que conformarse con mítines en lugar de una huelga para protestar por la falta de personal en los hospitales de la Universidad de California. UC respondió que los cinco centros médicos cumplen ya menudo superan proporciones requeridas y se citan con frecuencia para la excelencia.