Si el embarazo agrava una condición médica preexistente, ¿se puede denegar su reclamo de incapacidad?

En general, si una condición médica preexistente se ve agravada por el embarazo, su reclamo de incapacidad no debe denegarse únicamente por ese motivo. El embarazo es una condición temporal y los beneficios por incapacidad generalmente se otorgan para incapacidades permanentes o de largo plazo. Sin embargo, las circunstancias específicas de su caso y la medida en que su condición afecta su capacidad para trabajar se tendrán en cuenta al determinar su elegibilidad para recibir beneficios.

A continuación se presentan algunos factores que se pueden considerar al evaluar un reclamo de incapacidad relacionado con una condición preexistente que se ve agravada por el embarazo:

1. Severidad de la afección: La gravedad de su afección preexistente y el grado en que se ve exacerbada por el embarazo serán factores clave para determinar su elegibilidad para recibir beneficios por incapacidad. Si su condición es lo suficientemente grave como para impedirle trabajar, puede ser elegible para recibir beneficios incluso si no se considera permanente.

2. Duración de la incapacidad: Los beneficios por incapacidad generalmente se otorgan por incapacidades permanentes o de largo plazo. Si se espera que su condición mejore después del embarazo, es posible que no sea elegible para recibir beneficios a largo plazo. Sin embargo, puede ser elegible para recibir beneficios por incapacidad temporal si no puede trabajar durante el embarazo y el período posparto.

3. Capacidad para trabajar: La pregunta fundamental en un reclamo por discapacidad es si su condición le impide trabajar. Si no puede realizar las funciones esenciales de su trabajo, puede ser elegible para recibir beneficios por incapacidad incluso si su condición no es permanente.

Es importante consultar con un abogado con experiencia en discapacidad para analizar su situación específica y determinar su elegibilidad para recibir beneficios.