Directrices de Medi -Cal en California
El programa proporciona la elegibilidad automática para los destinatarios de Ingresos de Seguridad Social , los residentes que reciben beneficios de CalWorks del estado , de los refugiados en el Programa de Ayuda a Refugiados y los niños en el Programa de Asistencia para la Adopción de California o en el Programa de Acogimiento Familiar . Aquellos que no reciben asistencia monetaria gubernamental puede calificar si son 65 años o más , discapacitados o ciegos , las personas y los niños menores de 21 años , y los padres y cuidadores de niños cuyos padres no son capaces de cuidar de ellos a causa de fallecimiento, incapacidad o desempleo. Los individuos que están embarazadas , sufren de cáncer de cuello uterino o de mama o que viven en un centro de atención de enfermería especializada o intermedio y refugiados que han vivido en los EE.UU. por un tiempo mínimo son elegibles.
Estado Residency
Sólo los residentes de California son elegibles para la cobertura de Medi -Cal. Los residentes de California son individuos que viven permanentemente en California con la intención de permanecer en el estado o alguien que está trabajando en California o en la búsqueda de empleo en California con la intención de pasar al estado.
Proceso de Solicitud
Medi -Cal está disponible para los niños y adultos de bajos ingresos de California. Si los solicitantes no son automáticamente elegibles para recibir beneficios de Medi -Cal , deben aplicar con sus servicios sociales a nivel local o la oficina local de bienestar público del condado . Los solicitantes deben completar y firmar un formulario de cuatro páginas de datos personales y los ingresos de su familia. Los contactos de la oficina del solicitante dentro de los 45 días en la mayoría de los casos a través de una notificación por escrito a notificar a la de la determinación de elegibilidad , pero puede tomar hasta 90 días.
Mujeres Embarazadas y Niños
los niños y las mujeres embarazadas pueden superan los requisitos de ingresos del programa si sus ingresos están por debajo de ciertos niveles , dependiendo de la edad del niño . Ingresos mensuales no pueden exceder los $ 1,133 para un individuo. El estado no considerará los coches, los ahorros familiares y coches de inversiones, herencias y otros bienes personales para determinar la elegibilidad del niño .
Beneficios
seguro de Medi -Cal ofrece amplia cobertura de atención médica y odontológica , paga por los suministros médicos calificados y ayuda a pagar la atención de enfermería y cuidados paliativos. Cobertura de Medicare se extiende a la salud mental, la acupuntura , la terapia física y servicios de podología . Aunque no todos los proveedores de Medi -Cal cobran los beneficiarios un copago médico, algunos proveedores requieren. La cobertura de Medi -Cal puede servir como cobertura complementaria para los beneficiarios de Medicare. Dado que Medicare sólo cubre los destinatarios de la atención de enfermería limitada , la asistencia médica , Medi -Cal puede ayudar a cubrir esos costos. California establece normas específicas de doble elegibilidad para los beneficiarios que califican para Medicare y Medi -Cal. Además , California ofrece pautas de elegibilidad dual para los beneficiarios que califican para Medi -Cal y Medicaid. Tanto Medicare y Medicaid son programas de seguro de salud del gobierno federal, pero Medi -Cal es un programa estatal .
La recuperación del patrimonio
California exige que los beneficiarios algunos de Medi -Cal para pagar sus beneficios de cobertura de Medi -Cal después de recibir servicios a través de su Programa de recuperación de Bienes . Después de un destinatario de Medi -Cal muere, Departamento de Servicios de Salud del estado decide si seguir amortización de los bienes del difunto . El Gobierno del Estado basa su decisión en la cantidad de servicios prestados y el valor total de los activos del difunto dentro de la finca . El Estado sólo puede recuperar el importe de los servicios efectivamente prestados y nada más. Reglas de recuperación Estate prohíben el reembolso cuando el cónyuge del beneficiario sigue vivo, cuando los beneficiarios de la finca es incapacitado o ciego , si el destinatario tiene un hijo sobreviviente menor de 21 años y por los servicios prestados a los beneficiarios antes de los 55 años de edad.