¿Se pueden agregar facturas médicas a una bancarrota del Capítulo 13 existente?

En general, no se pueden agregar nuevas deudas a una bancarrota del Capítulo 13 existente. El Capítulo 13 es una quiebra de reorganización y las deudas que puede incluir en su quiebra se limitan a aquellas que debe al momento de presentar su petición. Sin embargo, puede haber algunas excepciones a esta regla.

Deudas prioritarias: Si sus facturas médicas califican como deuda prioritaria según el Código de Quiebras, es posible que pueda agregarlas a su plan de quiebras del Capítulo 13. Las deudas prioritarias son deudas que deben pagarse en su totalidad antes que cualquier otra deuda, como impuestos, manutención de los hijos y ciertos tipos de préstamos.

Facturas impagas de su plan: Si tiene facturas médicas impagas desde el período en que su plan de bancarrota del Capítulo 13 está en vigor, es posible que pueda incluirlas en su plan en una fecha posterior. Esto se conoce como "modificación" de su plan. Sin embargo, es importante tener en cuenta que sólo puede modificar su plan si el tribunal aprueba su solicitud.

Extensiones: En algunos casos, es posible que pueda extender su plan de bancarrota del Capítulo 13 por hasta dos años. Si extiende su plan, es posible que pueda agregarle nuevas deudas, incluidas facturas médicas.

Si está considerando agregar facturas médicas a su bancarrota del Capítulo 13, es importante hablar con un abogado de bancarrotas para analizar sus opciones. Un abogado puede ayudarlo a determinar si califica para agregar facturas médicas a su plan de quiebra y puede ayudarlo en el proceso de presentar una modificación o extensión.