¿Puede un centro médico rechazar un tratamiento o una visita al médico basándose en un copago en disputa?
Atención médica de emergencia
En Estados Unidos, la Ley de Tratamiento Médico de Emergencia y Trabajo de Parto Activo (EMTALA) exige que los hospitales brinden atención médica de emergencia a cualquier persona que la necesite, independientemente de su capacidad de pago. Esto incluye estabilizar la condición del paciente y proporcionar cualquier tratamiento necesario para evitar daños graves o la muerte. Los hospitales no pueden negarse a brindar atención de emergencia basándose en un cargo de copago en disputa.
Atención médica que no sea de emergencia
Para la atención médica que no es de emergencia, las reglas varían según el estado. En algunos estados, los centros médicos pueden rechazar tratamientos o visitas al médico basándose en un copago en disputa. Sin embargo, en otros estados, los centros médicos deben brindar atención y luego facturar al paciente el monto en disputa.
Hospitales y clínicas públicas
Por lo general, los hospitales y clínicas públicos deben brindar atención a todos los pacientes, independientemente de su capacidad de pago. Esto incluye pacientes con cargos de copago en disputa.
Hospitales y clínicas privadas
Los hospitales y clínicas privados pueden tener políticas diferentes con respecto a los cargos de copago en disputa. Algunas instalaciones privadas pueden negarse a brindar atención o pueden exigir que el paciente pague el monto en disputa antes de recibir tratamiento.
Es importante consultar las leyes y regulaciones locales para determinar las reglas relativas a la disputa de cargos de copago. Si está pasando por dificultades financieras, puede ser elegible para programas de asistencia financiera que pueden ayudarlo a pagar su atención médica.