¿Puede una sobrina proponer una póliza de seguro de vida sobre su vida?
Las pólizas de seguro de vida sólo pueden ser contratadas por la persona cuya vida se asegura, o por alguien que tenga un interés asegurable sobre esa persona. Un interés asegurable es un interés legal o financiero en la vida de otra persona. Por ejemplo, un cónyuge, padre o hijo tiene un interés asegurable en la vida de otro miembro de la familia.
Una sobrina no tiene ningún interés asegurable en la vida de su tía o su tío. Por lo tanto, no puede proponer una póliza de seguro de vida para su vida.