¿El seguro de vida pagaría al beneficiario si no se revelaran los problemas médicos?
La materialidad es un concepto jurídico que se refiere a la importancia de un hecho en relación con una transacción o contrato en particular. En el contexto de los seguros de vida, un hecho material es aquel que habría influido en la decisión de la compañía de seguros de emitir la póliza o en el monto de la prima cobrada.
Por ejemplo, si un solicitante de un seguro de vida no revela un historial de enfermedad cardíaca, esto podría considerarse un hecho material porque podría haber aumentado la evaluación del riesgo de muerte por parte de la compañía de seguros. Como resultado, la compañía de seguros puede negar el reclamo del beneficiario si el solicitante murió de una enfermedad cardíaca.
Por otro lado, si un solicitante de un seguro de vida no revela un historial de alergias, esto probablemente no se consideraría un hecho material porque no habría aumentado la evaluación del riesgo de muerte por parte de la compañía de seguros. Como resultado, la compañía de seguros probablemente tendría que pagarle al beneficiario el beneficio completo por fallecimiento incluso si el solicitante muriera a causa de una reacción alérgica.
En algunos casos, la compañía de seguros puede rescindir la póliza si puede demostrar que el solicitante hizo una tergiversación material en la solicitud. La rescisión significa que la compañía de seguros cancela la póliza y devuelve todas las primas pagadas. Sin embargo, la rescisión sólo es posible si la compañía de seguros puede demostrar que el solicitante mintió intencionalmente en la solicitud.
Si la compañía de seguros preguntó sobre el historial médico y el solicitante mintió al respecto, podría considerarse fraude. En este caso, la póliza podría anularse y el beneficiario podría perder todo el beneficio por fallecimiento.