¿Se le pueden negar las visitas a un padre porque él y su nueva familia tienen una infección de personal por MRSA?

En la mayoría de las jurisdicciones, el padre con custodia debe demostrar que las visitas representan un riesgo demostrable de daño psicológico o físico al niño para poder negar las visitas. En los casos de enfermedades contagiosas, ese riesgo suele estar vinculado al niño.

Por ejemplo, si el otro padre puede demostrar que la infección por MRSA del padre que realiza las visitas:

- es muy probable que se transmita al niño,

- es intratable e incurable,

- el niño tiene una condición médica que significa que la infección por MRSA representa un mayor riesgo para él,

- el padre de visita no ha seguido repetidamente el consejo médico sobre cómo minimizar el riesgo de propagación de MRSA, o

- ellos y su familia no toman suficientes precauciones para evitar que el niño entre en contacto con MRSA

entonces pueden tener motivos para negar las visitas hasta que haya pasado el riesgo médico.

Sin embargo, los riesgos médicos tienden a ser temporales y los principios generales del interés superior del niño siguen siendo aplicables. El padre que intenta negar las visitas generalmente tiene que demostrar que el riesgo es tan grande que las necesidades de desarrollo normal del niño de tener contacto con el padre que realiza las visitas son superadas por el riesgo. Por lo tanto, es probable que sea difícil negar visitas en tales circunstancias, a menos que exista un patrón de incumplimiento repetido del consejo médico o una preocupación médica específica con respecto a su hijo.